martes, 6 de mayo de 2014

Todos los alumnos podrán participar en elecciones de rector y vicerrectores de aprobarse Nueva Ley Universitaria

El dictamen en mayoría de la Comisión de Educación también señala que los rectores no podrán presentarse a la reelección inmediata. Votación será universal, aunque ponderada entre docentes y estudiantes.
Rider Bendezú
Uno de los grandes cambios que plantea el proyecto de la nueva ley universitaria en el sistema es la elección del rector y los dos vicerrectores, en la que todos los alumnos de la casa de estudios elegirán a sus autoridades.
En la actualidad, la ley señala que es una atribución de la Asamblea Universitaria elegir al rector y vicerrectores, así como declarar su vacancia de darse el caso. Sin embargo, este escenario cambiaría con la eventual aprobación del proyecto de la nueva ley.
El dictamen plantea que los alumnos tengan participación en la elección del rector y los dos vicerrectores. Precisamente, esto último también es un nuevo aporte, ya que establece que toda universidad debe tener dos vicerrectores, uno académico y otro de investigación.
NUEVOS REQUISITOS PARA SER RECTOR
Previamente, la Asamblea Universitaria elegirá a los integrantes del Comité Electoral Universitario y Tribunal de Honor Universitario, los cuales se encargarán de proceso de elección.
Los candidatos a rector y vicerrectores deben presentarse en una sola plancha, no sin antes cumplir una serie de requisitos adicionales a los previstos en la norma vigente como ser ciudadano en ejercicio, profesor ordinario con no menos de quince años en la docencia universitaria y tener el grado de doctor.
Los nuevos requisitos incorporados para el candidato a rector son no haber sido condenado por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada, no estar consignado en el registro nacional de destitución y despido; y no estar consignado en el registro de deudores alimentarios morosos ni tener pendiente de pago una reparación civil impuesto por una condena ya cumplida.
En el caso de los dos candidatos a vicerrectores, deben cumplir los mismos requisitos que el aspirante a rector.
ELECCIÓN DE RECTOR
Una vez inscritos correctamente las listas de candidatos y resolverse cualquier tipo de tacha que se llegue a presentar eventualmente; se procede a la elección universal, personal, directa, secreta y obligatoria.
Si bien todos los docentes y alumnos podrán participar el día de los comicios, habrá una ponderación a respetar en cuanto a votos. Mientras que los profesores ordinarios tendrán dos tercios de la votación, los estudiantes matriculados poseerán el tercio restante.
El proceso de elección solo será válido si participan más del 60 % de docentes ordinarios y más del 40 % de alumnos. Caso contrario, se declara inválida la votación y se convoca a una nueva. La lista que obtenga más de la mitad de los votos válidos será declarada como la ganadora.
En caso que ninguna de la lista supere el 50 %, se convocará, en un plazo no mayor a los 60 días, a una segunda vuelta entre las dos planchas que tengan mayor cantidad de votos. La lista ganadora será la que obtenga más del 50 % de los votos válidos.
Tanto el rector como los dos vicerrectores ejercerán el cargo por cinco años, de manera exclusiva, siendo incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada.
NO HAY REELECCIÓN INMEDIATA
Otra de las modificaciones en el capítulo destinado a Gobierno de las universidades es aquella que indica que ni el rector ni los vicerrectores pueden intentar la reelección inmediata.
El artículo 35 de la ley vigente aprueba la reelección de autoridades. “El rector es elegido para un período de cinco años. Puede ser reelegido”, indica la norma actual.
Las autoridades tampoco podrán participar en alguna lista del proceso electoral inmediato a su período. Es decir, un vicerrector no podrá ser inscrito como candidato a rector en las próximas elecciones. De igual forma, el rector estará impedido de presentarse a las elecciones como aspirante a vicerrector.
PUNTOS EN DISCORDIA
Si bien la mayoría de integrantes de la comunidad universitaria saluda el hecho que los estudiantes sean incluidos en el proceso de elección de sus autoridades, existe un sector que pide modificar la norma en el debate en el Pleno del Congreso.
La Federación de Estudiantes del Perú (FEP) consideró que esta votación debe tener carácter igualitario. Es decir, la proporción de los votos de los docentes debe ser igual a la de los alumnos matriculados.
 
Fuente: La Republica

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