Piura- En conformidad con el artículo 12º del Estatuto de la Universidad de Piura, su Consejo Académico acordó ratificar en el cargo de Rector al doctor Antonio Abruña Puyol, por un periodo de tres años (2009-2012), considerando la propuesta hecha por el Claustro Universitario, en la votación del jueves 6 de agosto.
Asimismo, este Consejo, de acuerdo a las votaciones, ratificó en sus cargos a la magíster Jesús María Chiyón Carrasco, vicerrectora de profesores; y al doctor Sergio Balarezo Saldaña, vicerrector de Campus Lima. Además, confirmó como nuevo vicerrector de investigación y ordenación académica, al magíster Dante Guerrero Chanduví.
Estas elecciones son el resultado de un proceso iniciado el 13 de abril del 2009, cuando el rector, Antonio Abruña, mediante Resolución Rectoral N° 001/09, convocó al Claustro Universitario para la elección de candidatos a los cargos de Rector y Vicerrectores.
El Rector agradeció la renovación de confianza del Claustro Universitario. "Estamos trabajando en muchos proyectos de soporte, dimensionamiento y crecimiento físico, esperamos que en los próximos años se pueda construir nuevos espacios. Se están poniendo en práctica varias mejoras en todos los sentidos, acorde con los objetivos de la Universidad tanto en investigación, docencia y asesoramiento", afirmó Abruña.
Estas elecciones son el resultado de un proceso iniciado el 13 de abril del 2009, cuando el rector, Antonio Abruña, mediante Resolución Rectoral N° 001/09, convocó al Claustro Universitario para la elección de candidatos a los cargos de Rector y Vicerrectores.
El Rector agradeció la renovación de confianza del Claustro Universitario. "Estamos trabajando en muchos proyectos de soporte, dimensionamiento y crecimiento físico, esperamos que en los próximos años se pueda construir nuevos espacios. Se están poniendo en práctica varias mejoras en todos los sentidos, acorde con los objetivos de la Universidad tanto en investigación, docencia y asesoramiento", afirmó Abruña.
Reelección de acuerdo a Ley
Es oportuno mencionar que si bien mediante Ley N° 28637, publicada el 6 de diciembre del 2005, se prohibía la reelección de rector, vicerrectores y decanos para el período inmediato siguiente, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Ley en cuestión, en lo que respecta a las universidades privadas por considerar que la citada Ley vulneraba el contenido constitucional de los derechos de igualdad ante la ley, autonomía universitaria, libertad de enseñanza y libertad de asociación.
Fuente: UDEP
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