La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) precisó hoy que la elección de la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional de Piura, realizada el lunes 18, no contó con su asistencia técnica, debido a que el proceso se convocó antes de la aprobación de las disposiciones que regulan esa asistencia.
Según la Oficina Regional de Coordinación (ORC) de Piura de laONPE, recién el 8 de agosto se aprobaron, mediante resoluciones jefaturales, los instrumentos y las normativas que regulan la participación del organismo electoral en la asistencia técnica a esos comicios.
Para esa fecha, el Comité Electoral Universitario Transitorio y Autónomo (Ceuta) de la Universidad Nacional de Piura (UNP) ya se había instalado y convocado a la elección de la Asamblea Estatutaria, y desarrollado varias fases del proceso electoral. Incluso, las actividades para las elecciones en esa universidad ya se venían realizando desde julio pasado, por lo que la ONPE no pudo participar de todas las etapas de esos comicios.
En el caso de la UNP, y en todos aquellos en los que ya se haya convocado o realizado los procesos, la ONPE, a través de sus ORC, revisará todo lo realizado por el Ceuta, a fin de emitir un informe y verificar si el proceso se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en la nueva Ley Universitaria.
De acuerdo a la primera disposición transitoria de la citada ley, la ONPE garantiza la transparencia de estas elecciones mediante la asistencia técnica a cada Ceuta que se constituya en cada casa superior de estudios estatal.
La asistencia técnica se inicia luego que el Ceuta es acreditado ante el organismo electoral por la máxima autoridad administrativa de cada universidad pública.
El apoyo de ONPE consiste en la asesoría especializada que proporciona a los miembros del Ceuta con el fin de garantizar la transparencia de los procesos electorales, en cumplimiento de lo dispuesto por la Nueva Ley Universitaria.
La asistencia técnica se brinda en la elaboración del reglamento electoral, la convocatoria a la elección y definición del cronograma electoral, la aprobación del padrón electoral e inscripción de candidaturas, la conformación de las mesas de sufragio, durante la jornada electoral y la proclamación de los resultados.
Fuente: http://www.andina.com.pe/
ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DOCENTES PARA LA ASAMBLEA ESTATUTARIA DE LA UNP LEY 30220
PRINCIPALES
|
ASOCIADOS
|
AUXILIARES
|
TOTAL
| |
VÁLIDOS |
150
|
125
|
47
|
322
|
06
|
07
|
01
|
14
| |
VICIADOS |
15
|
09
|
03
|
27
|
171
|
141
|
51
|
363 (*)
| |
DOCENTES |
297
|
203
|
80
|
580
|
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