viernes, 1 de agosto de 2014

La ley universitaria y la calidad

La columna recibe a un invitado: el Dr. Oswaldo Zegarra R., destacado pediatra y antiguo Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Él nos ofrece sus reflexiones en torno a la calidad universitaria.
Uno de los objetivos más importantes de la nueva ley universitaria es el de promover el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias; y será la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) la encargada de asumir la responsabilidad de velar para que se cumpla.
Será función del Sunedu verificar que todas las universidades deban  poseer, de manera obligatoria, las condiciones básicas para cumplir con calidad sus tareas. Así pues ella respecto de las universidades  determinará los estándares mínimos que deban tener, programará los plazos para su cumplimiento y, de acuerdo a ello, autorizará o suprimirá su funcionamiento, reglas que ya existían como responsabilidad del Conafu.
En los últimos 40 años, hemos experimentado una creación explosiva y desordenada de instituciones, la mayoría de ellas sin un proyecto en el que se priorice la calidad.  Ello surge como una mayor demanda de una población emergente que requiere de carreras universitarias, pues no hay otras alternativas educacionales que permitan competir por fuentes de trabajo (v.gr. instituciones técnicas de calidad).  Tal crecimiento acelerado ha contribuido a debilitar de alguna manera la calidad de todo el sistema universitario y ha originado una válida preocupación sobre este problema.
En el país, como en toda Latinoamérica, la preocupación por mejorar la calidad de la educación superior se inició en los años 90 con la introducción de los conceptos de evaluación y acreditación, que no surgen del interior de las universidades, las cuales estaban como  “enclaustradas y a veces atrincheradas en sus antiguas concepciones de autonomía, calidad, enciclopedismo,….(y) no tomaron la iniciativa de presentar propuestas adecuadas que busquen solución a dichas situaciones, por lo que casi ningún sistema o modelo de evaluación externa surgió … del interior de las universidades” (A. Cabrera-Cuba). Si bien es importante esta opinión, se debe anotar que en el Perú, el Consorcio de Universidades (PUCP-UPCH-UP-UL) trabajó muy intensamente sobre el tema ya a mediados de la década del 90 y estableció una comisión ad hoc que fomentó una cultura de autoevaluación, acreditación y mejoramiento continuo de la calidad en sus instituciones.  Por ello 3 de las 4 universidades que lo conforman han logrado su  acreditación  internacional a nivel institucional así como de varias de sus carreras y han difundido a nivel nacional, estas propuestas con singular acogida.
Es muy importante que el Sunedu establezca con precisión los requisitos básicos que deben cumplir obligatoriamente todas las universidades públicas y privadas para su funcionamiento, (Certificación). Se verá pues que todas las universidades tengan infraestructura adecuada; equipamiento necesario para sus actividades; una plana docente dedicada y que interactúe con los alumnos para apoyarlos en los ámbitos académicos y de compromiso social; laboratorios, bibliotecas y sistemas de información pertinentes y modernos; ambientes de socialización, en fin que sea una organización que se oriente a la formación integral del educando.
Consideramos que es una decisión acertada determinar que la Acreditación no sea obligatoria, a diferencia de la Certificación, porque se trata de técnicas diferentes. Señalemos tan sólo que para acreditarse será la Institución o la Facultad (carrera) quien decida libremente someterse a un  proceso de autoevaluación y evaluación por pares externos para así medir la calidad, proceso que compromete la responsabilidad de todos los estamentos de la universidad: autoridades, profesores, alumnos y personal administrativo.  Así pues la acreditación es una medición pero voluntaria y cualitativa de la calidad de una institución. 
Fuente: La República

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