RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 100-2017-CONCYTEC-P
Lima, 4 de agosto de 2017
VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 012-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 293-2017-FONDECYT-DE, del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica–FONDECYT, y el Informe Nº 167-2017-CONCYTEC-OGPP, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica–CONCYTEC; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 044-2017-CONCYTEC-P se aprueba la Directiva Nº 003-2017-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” (en adelante, la Directiva);
Que, mediante Oficio Nº 293-2017-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 2’461,389.17, a favor de los ganadores del Concurso Esquema Financiero EF-041 denominado “Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada”, y del Esquema Financiero E046-2016-04 denominado “Organización de Eventos en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CTI”, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYT-DE; y en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 066-2017-FONDECYT-DE, respectivamente;
Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 012-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar transferencias financieras por un monto total de S/ 1’175,507.63, a favor de la Universidad Nacional Agraria La Molina (S/ 397,405.00); del Instituto del Mar del Perú (S/ 113,329.03); del Instituto Geofísico del Perú (S/ 326,158.50); de la Universidad Nacional de Trujillo (S/ 115,103.10); del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (S/ 126,692.00); y de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (S/ 96,820.00); así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 1’285,881.54, a favor de la Universidad Católica de Santa María (S/ 359,861.03); de la Universidad de Piura (S/ 239,160.00); de la Universidad Católica San Pablo (S/ 213,377.31); de la Universidad Continental S.A.C (S/ 206,236.00); de la Pontifica Universidad Católica del Perú (S/ 217,935.20), y de la Universidad Andina del Cusco (S/ 49,312.00), para cofinanciar los programas y/o proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario N° 0000000142 y N° 0000000508, copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYT-DE; N° 130-2016-FONDECYT-DE; y N° 066-2017-FONDECYT-DE, así como copia de los Convenios de Subvención N° 96, 098, 100, 102, 120, 125, 129, 131, 137, 141, 143, 146, 147, 162, 164, 185, 192-2015-FONDECYT, del Contrato de Financiamiento N° 084-2017-FONDECYT, y del Convenio de Financiamiento N° 085-2017-FONDECYT;
Que, conforme al Numeral 6.1 de la Directiva, el FONDECYT es responsable de la determinación de los montos cuya transferencia financiera o subvención solicita aprobar mediante Informe Técnico Legal Nº 012-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM, por lo que los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, a través del citado documento, sustentan el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados;
Que, mediante Informe Nº 167-2017-CONCYTEC-OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluyen que la aprobación de las transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los programas y proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 012-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM;
Que, con Informe Nº 77-2017-CONCYTEC-OGAJ-MPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído N° 211-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 012-2017-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y en el Informe Nº 167-2017-CONCYTEC-OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva;
Con la visación del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Directora Ejecutiva (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada “Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 2’461,389.17 (Dos Millones Cuatrocientos Sesenta y Un Mil Trescientos Ochenta y Nueve y 17/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
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