La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) confirmó la resolución de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD) a la Universidad Privada Telesup.
El grupo de trabajo halló responsable a la institución educativa por incurrir en actos de engaño, al transmitir en su publicidad que los alumnos que se matriculasen en el programa ‘CPT Carreras Profesionales para Trabajadores’ tendrían la posibilidad de culminar sus estudios y obtener el título profesional en tres años y cuatro meses.
Durante la investigación, la mencionada universidad no aportó ninguna prueba que demuestre la veracidad de dicho mensaje, asegura el Indecopi.
Por el contrario, de la información aportada por Telesup se advierte que para culminar los estudios se requería de más tiempo al promocionado, por lo que no resultaba posible acceder al título profesional en el citado periodo.
En ese sentido, la SDC confirmó que dicha entidad educativa resultó responsable por incurrir en actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, supuesto establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal.
Por ello, la Sala también ratificó la multa de 60.8 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/ 246. 240.
El programa ‘CPT Carreras Profesionales para Trabajadores’ estaba dirigido a las personas que decidían cursar las carreras profesionales de ‘Administración, Finanzas y Negocios Globales’, ‘Administración de Negocios Turísticos y Hoteleros’, ‘Ingeniería de Sistemas e Informática’, ‘Contabilidad y Finanzas’, ‘Derecho Corporativo’ y ‘Psicología’.
Fuente: El Comercio
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