Nueva remuneración. Desde este año, los docentes
percibirán salarios más altos según su grado académico, horas de trabajo y tipo
de contrato. Los montos van desde los 628 soles. En el país hay más
de 4 mil maestros en esta condición.
A
partir de este año, los docentes contratados que laboran en las universidades públicas
ganarán entre 628 y 5.956 soles. Así lo establece el decreto supremo N°
418-2017, publicado el último viernes, que plantea una nueva remuneración para
este grupo de maestros.
Estos
docentes, que prestan servicios por un plazo determinado, ahora percibirán un
salario de acuerdo al tipo de contrato, grado académico (maestría
o doctorado) y la carga académica asignada.
Así,
los profesores contratados de tipo A, es decir, quienes cuentan con un doctorado recibirán
entre 1.489 y 5.956 soles mensuales, según las horas lectivas y no lectivas
(destinadas a labores previas o posteriores a las clases) establecidas por la
institución donde trabaja (ver infografía).
En
tanto, los de tipo B, que son los que tienen maestría,
obtendrán sueldos que varían entre 628.50 y 2.514 soles, también de acuerdo a
sus horas.
Los de menor salario trabajan 8 horas
semanales. Los siguen los de 16 y 32 horas, según dispone el documento.
"Es
justo que se establezcan las horas lectivas y no lectivas. Antes había
explotación, maltrato al docente contratado. Esto, ahora, propiciará que los
profesionales que laboran en otras instituciones se integren a las
universidades para transferir sus conocimientos. Podremos establecer una
relación universidad-empresa", considera el presidente de la Federación
Nacional de Docentes Universitarios del Perú (Fendup), Atilio Mendigure.
Según
la Fendup, en el país existen alrededor de 4 mil docentes que trabajan en
universidades públicas bajo la condición de contratados. Este grupo ocupa su
plaza, principalmente, a través de concursos públicos y por Contrato de Administración
de Servicios (CAS).
"Esto generaba una gran
desigualdad. Los sueldos variaban entre 800 y 1.200 soles. Esto ahora ha desaparecido
porque se cuenta con un presupuesto propio proveniente del tesoro público. El
ingreso también deberá ser por concurso público", agrega Mendigure.
Condiciones desiguales
Ahora
bien, según la Fendup y el Consejo
Nacional de Educación(CNE), este decreto supremo plantea
nuevas remuneraciones en base a los grados académicos de maestría y doctorado.
Entonces, ¿qué ocurrirá con los que solo cuentan con licenciatura?
Si
bien la Ley Universitaria establece
que los catedráticos (nombrados o contratados) deben contar con el grado de
maestro o doctor, pues también pone un plazo de cinco años para su adecuación,
el cual vence en julio del 2019.
"Aún
no se presentan estas consideraciones académicas, ni tenemos tantos
profesionales con maestrías, ni doctorados. Por eso, dependerá de las
necesidades y decisiones de las universidades. Queda en la autonomía de
la universidad su aplicación", dice Mendigure.
Sector no considerado
Para
el miembro del CNE, Manuel Burga,
esta era una medida necesaria ante las malas condiciones laborales de los
maestros. "La situación de los contratados resulta indeseable. No tienen
categorización real, sus contratos demoran tanto que los pagos no son
mensuales", refiere.
Según
sostiene, a diferencia de los docentes nombrados que ya tienen un puesto fijo
en las universidades, los contratados pueden prestar servicio cuando se
lo requieran. Esto los convierte en un sector muy dinámico. "Faltaba que
lo consideren", concluye.
Claves
Normas.
El jueves pasado se aprobó la transferencia de presupuesto para el aumento salarial de
los docentes nombrados.
Medidas.
El decreto supremo 418-2017 plantea que, de manera excepcional, la universidad asigne
otras actividades académicas a los maestros contratados. Luego podrá verificar
el cumplimiento de las mismas.
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